DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Camilo Hurtado Lores, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana AMALIA COROMOTO ROMERO, mediante diligencia de fecha 24 de marzo 2022.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión de fecha 23 de marzo de 2022, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo.
TERCERO: Se declara INADMISIBLE la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado José Amalio Graterol, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GUILLERMO ANTONIO RAMIREZ y LISB.....