En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio Oswaldo Madriz, apoderado judicial del ciudadano PEDRO GARCIA HERNANDEZ, en su carácter de presidente de la empresa PADIOS, C.A., mediante diligencia de fecha 6 de agosto de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 31 de julio de 2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró CON LUGAR la OPOSICIÓN a la medida de enajenar y gravar decretada, en el juicio de NULIDAD DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoado por el ciudadano PEDRO GARCIA HERNANDEZ, en su carácter de presidente de la empresa PADIOS, C......