En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Juan Carlos Acosta, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad mercantil FARMACIA CENTRO LA MILAGROSA, C.A., mediante diligencia de fecha 19 de febrero de 2014.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 12 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, con motivo de la OPOSICIÓN A LA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO, surgida en el juicio de INTIMACIÓN seguido por la Sociedad Mercantil LA CASA DEL CRISTAL C.A contra la Sociedad mercantil FARMACIA CENTRO LA MILAGROSA, C.A., mediante la cual declaró SIN LUGAR la oposición a la medida de em.....