En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Rubén Villavicencio, en su carácter de apoderado de SERVICIOS INDUSTRIALES FALCÓN, C.A. (S.I.F.C.A.), contra la decisión dictada el 14 de febrero de 2003, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual negó la solicitud de citación de PDVSA Petróleo y Gas, S.A. y el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en su carácter de terceros interesados, con motivo del juicio que por indemnización por muerte, lucro cesante y daño moral derivado de accidente donde resultara fallecido Orlando Bracho Ramones, intentaran las ciudadanas RUT YORMARY BRACHO MANURE DAMARIS EUNICE MANAURE DE BRACHO, en su propio nombre y en representación de sus hijos: ORLANDO JOSUÉ, EUNICE REBECA, .....