En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MIROSLAVA JAQUELIN VENTURA NOGUERA, asistida por el abogado Nelson Manuel Gómez Mendoza, mediante diligencia de fecha 19 de marzo de 2018.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto dictado en fecha 12 de marzo de 2018, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en el juicio de PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL seguido por el ciudadano JUAN LEÓN RODRIGEZ contra la ciudadana MIROSLAVA JAQUELIN VENTURA NOGUERA.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 281 del Código de P.....