En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por el ciudadano FLORENCIO MANUEL PÉREZ LANOY, asistido de abogado, contra el auto de fecha 11 de abril de 2011, dictado por Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual negó oír la apelación interpuesta por el recurrente, contra el auto de fecha 5 de abril de 2011.
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal a quo, OÍR en UN SOLO EFECTO la apelación interpuesta por el apoderado judicial del recurrente en fecha 6 de abril de 2011 contra el auto de fecha 5 de abril de 2011.