En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado César Enrique Mavo, en su carácter de apoderado de la ciudadana MIRLA DEL VALLE MEDINA MEDINA, contra la sentencia definitiva dictada el 16 de abril de 2002, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la acción reivindicatoria, intentada por la apelante, contra el ciudadano AGAPITO GONZALEZ LOPEZ. En consecuencia, se confirma la sentencia apelada y se revoca la mediada cautelar dictada por el Tribunal de la causa.
SEGUNDO: De conformidad con los artículos 274 y 281, del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la apelante.