En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la abogada Mirva Silva García en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos WILFREDO ANTONIO SÁNCHEZ ÁVILA y MARÍA AUXILIADORA SÁNCHEZ ÁVILA, mediante diligencia de fecha 14 de noviembre de 2011.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha 10 de noviembre de 2011, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por la apelante, contra el ciudadano JOSÉ DE JESÚS LINDADO LARES y la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA LINDALAR, C.A. En consecuencia, se ORDENA la reanudación del proceso por parte del tribunal a quo.