En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por los abogados en ejercicio Diego Lara Colmenares y Pedro Lara Hurtado, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana MAURILYS JOSEFINA NAVAS ARTEAGA, mediante diligencia de fechada 15 de diciembre de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 8 de diciembre de 2016, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual declaró SIN LUGAR el INTERDICTO DE AMPARO A LA POSESIÓN, interpuesto por la ciudadana MAURILIS JOSEFINA NAVAS ARTEAGA en contra del ciudadano PAOLO JOSE ELIA LINARES.
TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrent.....