En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano MARIO SIGNORINO GIARDINA, actuando en su carácter de Presidente de la Junta Directiva del Condominio del Conjunto Residencial y Vacacional Gran Marina Tucacas, mediante diligencia de fecha 1° de agosto de 2016.
SEGUNDO: Se REVOCA PARCIALMENTE la decisión de fecha 27 de julio de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, sede en Tucacas; y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE ACUERDO O DECISIÓN interpuesta por los ciudadanos MARIO JOSÉ PENNESI VANNUCCI y CAMELIA.....