En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Yudith Elizabeth Tellechea Bermúdez, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARIO NICOLA PINO FINOCCHI PERRICELLI, mediante diligencia de fecha 30 de marzo de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 25 de marzo de 2015, dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, con motivo de la acción MERO DECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, interpuesto por la ciudadana CARMEN XIOMARA NUÑEZ COLLADO, contra el ciudadano MARIO NICOLA PINO FINOCCHI PERRICELLI, mediante el cual declaró admisible la prueba promovida por la parte actora, relativa a la copia de.....