En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ROMUALDO TOLEDO ROMAN, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 2.085, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CELIA ROSA GUANIPA BLANCO, cédula de identidad Nº 2.867.132, mediante diligencia de fecha 10 de agosto de 2011.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 29 de abril de 2011, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Carirubana de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo.
TERCERO: Se condena en costas al recurrente de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.