En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAFAEL LOPEZ BOSSIO en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PIETRO CAPOFERRI BUGOTTI, mediante diligencia de fecha 18 de abril de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 8 de diciembre de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial con sede en Tucacas, con motivo del juicio de DAÑOS MORALES y MATERIALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO incoado por el ciudadano PIETRO CAPOFERRI BUGOTTI contra el ciudadano PAOLO GIUSEPPE LAMATTINA SALAMANCA.
TERCERO: Se exonera en costas a la parte perdidosa de con.....