DISPOSITIVA
En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado HECTOR E. J. LEAÑEZ D., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.294, apoderado judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 3 de noviembre de 2022.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión interlocutoria con fuerza de definitiva de fecha 26 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, mediante la cual declaró INADMISIBLE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA incoada por el ciudadano JOSÉ DE LA GRACIA HERNÁNDEZ FLORES contra el ciudadan.....