En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada Rossy Reyes Ávila, en su carácter de defensora de oficio del ciudadano HENRY NATALIO ROMERO GARCIA, mediante diligencia de fecha 2 de junio de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de abril de 2010, mediante la cual declaró con lugar la demanda de DIVORCIO, incoada por la ciudadana LEZZE MARIELA ROMERO GARCIA contra el ciudadano HENRY NATALIO ROMERO GARCIA.
TERCERO: Se exonera en costas a la parte perdidosa, por haber recurrido la defensora de oficio.