En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la demanda de amparo presentada ante este Tribunal por los ciudadanos ERASMO DE JESUS TUDARES TROCOLI y LEONARDO IGNACIO HIDALGO VALBUENA, obrando en su condición de asociados y como representantes del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA JOSE LEONARDO CHIRINO, asistidos por la abogada Lisbeth Díaz Petit, contra el abogado JHONNY MORALES, en su condición de Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante la cual alegaron la violación de los derechos constitucionales de: a) debido proceso; b) a la defensa; c) la tutela judicial efectiva; y d) a la garantía constitucional innominada, según la cual, el proceso no puede dañar a quien tiene la razón, establecidos en los artículos 26, 27 y 49 de la Constitución.
SEGUNDO: .....