En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la Regulación de Competencia interpuesta por la abogada Rafneris Riera, en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ERWIN JOSÉ RINCÓN COHEN y GUSTAVO ADOLFO MORALES SILVA, mediante diligencia de fecha 5 de mayo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante la cual declinó la competencia en el conocimiento de la causa por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA Y DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por el ciudadano JAIRO JESÚS RAMÍREZ PETIT, contra los ciudadanos ERWIN JOSÉ RINCÓN COHEN Y GUSTAVO ADOLFO MORALES SILVA.
TERCERO: Se conden.....