En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: La perención de la instancia del procedimiento seguido ante este Tribunal, en razón de la apelación interpuesta por el abogado Luis Enrique Lamus Medellin, en su carácter de apoderado de MACARIO MEDIDA VICIERRA y ELISA GUTIERREZ DE MEDINA, contra la sentencia de fecha 01 de julio de 2003, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de nulidad de contrato de venta intentada por los apelantes contra el ciudadano MACARIO MEDINA GUTIERREZ, debido a que los interesados no cumplieron con la carga de gestionar la publicación de los edictos y consignación del resultado en el expediente, así como notificar al resto de los herederos conocidos para darle impulso a la causa.....