En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado José Guillermo Gutiérrez, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INTER GLOBAL TRADING, C.A., mediante diligencia de fecha 25 de noviembre de 2010.
SEGUNDO: Se ADMITE la prueba de informe contenida en el Capítulo II, literal b, y la prueba documental contenida en el Capítulo VI del escrito de promoción de pruebas de la parte demandada. En consecuencia, se ORDENA al tribunal a quo proceder de conformidad con el artículo 402 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se MODIFICA el auto dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Jud.....