En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el abogado ADRIÁN RAFAEL RAMONES ACOSTA, apoderado especial de la ciudadana MARIA TERESA QUINTAS DE LUGO, mediante diligencia en fecha 6 de noviembre de 2020.
SEGUNDO: Se ANULA la sentencia proferida en fecha 4 de noviembre de 2020 por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón.
TERCERO: Se declara la FALTA DE JURISDICCIÓN del juez venezolano respecto del juez extranjero para conocer de la presente solicitud de declaratoria de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS solicitada por el abogado Adrián Rafael Ramones Acosta, apoderado especial de la ciud.....