En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado REGULO ALEJANDRO FLORES actuando en representación del ciudadano ANTONIO LUIS HERNANDEZ DELGADO, en fecha 24 de enero de 2017 y ratificada en fecha 9 de marzo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 19 de enero de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial con sede en Coro, mediante la cual declaró SIN LUGAR la OPOSICIÓN a la medida cautelar decretada en fecha 14 de abril de 2016, y en consecuencia ratificó la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada, con motivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRAVE.....