En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de REGULACIÓN DE COMPETENCIA formulada por el abogado Fabricio Díaz, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano por EGLIS ANTONIO GUITIÉRREZ CASTILLO, surgida con motivo del juicio de PARTICIÓN, intentado por el recurrente, contra el ciudadano JOSÉ JESÚS CASTILLO GUITIERREZ.
SEGUNDO: COMPETENTE al JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN con sede en Punto Fijo, para conocer del juicio de PARTICIÓN intentado EGLIS ANTONIO GUITIÉRREZ CASTILLO, contra el ciudadano JOSÉ JESÚS CASTILLO GUITIERREZ. En consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal declarado competente a los fines de su su.....