En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Otto Sánchez Naveda, matrícula N°. 8.298, en su carácter de apoderado de la empresaria CATATUMBO C.A. contra la sentencia dictada el 21 de Septiembre de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante la cual declaró sin lugar la cuestión previa opuesta por la parte demandada contenida en el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil en su ordinal 1, referente a la incompetencia.
SEGUNDO: Competente para conocer del juicio de incumplimiento de contrato de seguro seguido por JOAN RAFAEL LOPEZ ROJAS, cédula de identidad N° 11.771.718, contra la empresaria CATATUMBO C.A al Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mer.....