En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: Improcedente la demanda de amparo constitucional presentada ante este Tribunal por ciudadano AMANDIO MARQUES CARAPINA, asistido del abogado José Ignacio Romero Nava, contra la sentencia de fecha 28 de noviembre de 2005, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por cumplimiento de contrato de arrendamiento, basado en el impago de los alquileres incoara el ciudadano Alfredo Barbosa Marabuto contra el querellante.
Dado que no se trata de una querella entre particulares no se imponen costas procesales.