En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Romualdo Toledo Roman, matrícula Nº 2085, en representación del ciudadano SHIT HOUN LAN WU, cédula N° 6.137.639, contra el auto de fecha 14 de mayo de 2002, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual negó la admisión de la mayoría de las pruebas promovidas por el actor, con motivo del juicio que por reivindicación de un inmueble intentara el apelante contra la ciudadana ROSARIO MARIA GUANIPA de GARCIA, cédula de identidad N° 5.285.954.
SEGUNDO: Se revoca parcialmente la decisión apelada.
TERCERO: Por cuanto no hay vencimiento total no hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimie.....