En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación ejercida por el abogado FRANCISCO LIMONCHY, en su carácter de apoderado judicial de los demandados, en fecha 20 de mayo de 2015.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la acción.