En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana KEYLA ANDREINA NAVAS ACOSTA, asistida por el abogado Ricardo Morales, mediante diligencia de fecha 19 de enero de 2015.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha 8 de diciembre de 2014. En consecuencia, se declara sin lugar la demanda de DAÑO MORAL Y MATERIAL, seguido por la ciudadana JUDITH COROMOTO TREMONT HIDALGO contra la ciudadana KEYLA ANDREINA NAVAS.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatoria .....