En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Miguel Rivaldo Higuera Lacle, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO ALBERTO MORLES, mediante diligencia de fecha 21 de febrero de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Coro, en fecha 16 de febrero de 2017, mediante la cual declaró CON LUGAR la cuestión previa opuesta establecida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, e INADMISIBLE la demanda por SIMULACIÓN DE NEGOCIO JURIDICO, incoada por el ciudadano JULIO ALBERT.....