En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones interpuestas por el abogado DANIEL CASTRO, abogado en ejercicio legal inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 171.270, actuando en representación de la parte demandante firma mercantil CRU-MAR C,A., y por el abogado ROBERTO LEAÑEZ, abogado en ejercicio legal, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 87495, actuando en su carácter de apoderado judicial de firma mercantil DROGUERIA FARMACIENCIA, C.A., mediante diligencias de fechas 28 de octubre y 7 de noviembre de 2011 respectivamente.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 26 de octubre de 2011, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
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