En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida mediante diligencia de fecha 25 de mayo de 2010, por el abogado ELIO GUANIPA RODRÍGUEZ, en su carácter de defensor ad litem de los SUCESORES DESCONOCIDOS de la difunta MARIA CARDENAS ALBARRACIN, así como de cualquier otra persona que se crea con derechos contra la sentencia de fecha 12 de abril de 2010, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, la cual se confirma.
SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción por PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA incoada por la abogada en ejercicio ISELDA MEDINA AGÜERO, con el carácter de apoderada judicial del ciudadano NÉSTOR JOSÉ CAICED.....