En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la ciudadana INGRID DEL ROSARIO TOMASINI GIL, asistida por el abogado Óscar Sierra Dorante, mediante diligencia de fecha 29 de julio de 2011.
SEGUNDO: Se REVOCA auto de fecha 22 de julio de 2011, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio de REIVINDICACIÓN DE BIENES MUEBLES, seguido por el ciudadano AMÉRICO JOSÉ DOS NERES BRACHO, contra la apelante. En consecuencia, se ordena al tribunal a quo pronunciarse sobre la admisibilidad de la acción.
TERCERO: Se condena en costas a la parte perdidosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.....