En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandante Abogado CHRISTIAN LETEO LIZARDO, en fecha veinte (20) de julio de dos mil diez (2010).
SEGUNDO: Se CONFIRMA en toda y cada una de sus partes la sentencia dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, de fecha catorce (14) de julio de dos mil diez (2010).
TERCERO: SIN LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por el abogado CHRISTIAN LETEO LIZARDO, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-14.479.683 y domiciliado en Punto Fijo, Municipio Carirubana del estado Falcón, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empres.....