En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado José Amalio Graterol, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BABYLISS, S.A., mediante diligencia de fecha 30 de julio de 2012.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha 18 de julio de 2012, mediante la cual declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de DERECHO DE MARCA Y LUCRO CESANTE, seguido por la sociedad mercantil BABYLISS, S.A., contra la sociedad mercantil CASA BRASIL, C.A. En consecuencia, se ordena la continuación de la causa en el estado en que se encontraba ant.....