En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano PEDRO ARGENIS GARCÍA LA CRUZ, asistido por la abogada MARÍA EUGENIA GARCÍA LA CRUZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.382, mediante diligencia de fecha 24 de octubre de 2013.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 22 de octubre de 2013, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, con motivo del procedimiento de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO interpuesto por la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra el ciudadano PEDRO ARGENIS GARCÍA LA CRUZ, mediante la cual declaró SIN LUGAR la cuestión previa relativa a la COSA JUZGADA.
TERCERO: Se condena en costas a la parte.....