En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Francisco Sangronis, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YURAIMA GONZÁLEZ QUERO, mediante diligencia de fecha 3 de febrero de 2012.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia definitiva de fecha 30 de enero de 2012, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. Se declara SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES intentara la ciudadana MARÍA EUGENIA GARCÍA LA CRUZ contra la recurrente.
TERCERO: No hay condenatoria en costas recursivas de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Se condena en costas a la parte demandante de conformi.....