En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por los abogados Domingo Ventura y María del Carmen Fernández, apoderados de MERCEDES CONCEPCION MARIÑEZ DE VENTURA y MANUEL VENTURA RUJANO, contra la sentencia definitiva dictada el 31 de octubre de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por daños y perjuicios intentara el ciudadano JOSEPH SAADALLAH DERGHAM AKRA, contra los apelantes, y sin lugar la reconvención planteada por los demandados decisión que se revoca.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara sin lugar la demanda de daños y perjuicios intentada por JOSEPH SAADALLAH DERGHAM AKRA contra los ciudadanos MERCEDES CONCEPCION MARIÑEZ DE VENTURA y MANUEL VENTURA RUJANO; y .....