Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial invocada, así como todos y cada de los motivos y razonamientos expuestos; este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN de la parte demandante contra la decisión de fecha 2 de noviembre de 2016, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión recurrida.
TERCERO: Se ORDENA NOTIFICAR al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcó.....