Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables y los criterios jurisprudenciales que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la Sociedad Mercantil Constructora INGYPRO 98, C. A., a través de las abogadas Rosa González y Marlene García, procediendo como sus Apoderadas Judiciales, en contra del Acto Administrativo No. 0735-2011, de fecha 13 de abril de 2011, emanado del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL).
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la solicitud de homologación de la Transacción Laboral presentada, por cuanto dicho acto ya cuenta con tal carácter otorgado por un Tribunal Laboral de Primera Instancia.
TERCERO: TERMINADO el presente procedimiento.
CUARTO: Se ORDENA el cierre de este expe.....