Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado ENRIQUE MOLINA SIERRAALTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 37.034, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano URBANO JOSE LUGO NARVAEZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 28 de Julio de 2009, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual declaró SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano URBANO JOSE LUGO NARVAEZ contra la empresa PDVSA PETROLEO, S.A. Quedando en consecuencia, la sentencia definitivamente firme.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal de Primera Instancia de Sus.....