Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION, interpuesta por el ciudadano PIETRO SAVINO PANARELLI, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 9.932.872, actuando en su carácter de Representante y propietario del Fondo de Comercio SERVICIOS PIETRO SAVINO, parte demandada, debidamente asistido por el Abogado EDGAR GARCIA SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 13.809, en contra de la decisión de fecha 10 de Noviembre de 2009, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida en todas y cada una de sus partes.
TERCERO: Se Condena en Costas a la parte demandada .....