Con fundamento en todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano SOLARI ABRAMO SIRIO, identificado con la cédula de identidad No. E¿325.929, en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil PRODUCTORA PESQUERA VENEZOLANA, S.A., asistido por el abogado ORLANDO SALVADOR DIAZ DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 87.675, contra la Sentencia de fecha 22 de Julio de 2010, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales tienen incoado los ciudadanos CARLOS SIERRA y JORGE BECERRA, contra PRODUCTORA PESQUERA VENEZOLANA, S.A.
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