El Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio Tanto el Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y de conformidad con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por aplicación analógica del artículo 257 del Código de Procedimiento Civil, y EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGADA la presente Transacción instaurada por este Tribunal y acordada entre las partes intervinientes en fecha 29 de junio de 2017, en la apertura de la celebración de la audiencia de juicio. SEGUNDO: Por no ser contraria a disposiciones legales le IMPARTE CARÁCTER DE COSA JUZGADA, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento de DIFERENCIA DE SALARIOS CAIDOS, BONO DE ALIMENTACION Y OTROS BENEFICIOS LABORALES, incoado por la ciudadana YOXIRIS GUADALUPE PIÑA, venezolana, identificada con la cédula de identidad Nº V-19.484.870, contra la ALCALDIA BOLIVARI.....