Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITEN las documentales y testimoniales promovidas por la procuradora del trabajo abogada ROOSIBEL CORDOBA, Venezolana, Mayor de edad, Identificada con la Cédula de Identidad No V- 16.161.111, e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 115.115, en su condición de Apoderada Judicial de los demandantes SARA MAILY HERNANDEZ MIQUILENA y CIDIO RAFAEL ROMERO ESPINOZA, Venezolanos, mayores de edad, identificados con las Cédulas de Identidad Nros. 15.703.928 y 10.707.709 respectivamente, domiciliados en el Municipio Miranda de la ciudad de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, SEGUNDO: Por el carácter de ente público de la pa.....