Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se ADMITE la prueba testimoniales, documentales, a excepción de la prueba de informe por las consideraciones indicada en auto y que fueron promovidas por la abogada YRISNEL AMAYA, venezolana mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 188.649, actuando como apoderado judicial de la ciudadana ZARINA ZOREUDYS DEL CARMEN LUGO, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad No V-13.616.384, parte demandante en el presente procedimiento. SEGUNDO: Se ADMITEN las pruebas documentales y testimonial, que fueron promovidas por la abogada OLIVIA MARGARITA RIZO MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. .....