Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas la abogada DOLLYS M FLORES PEROZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 117.460, quien es apoderada judicial de la FUNDACION BANDA DEL ESTADO "MARISCAL JUAN CRISÒSTOMO FALCON", inscrita por ante el Registro Subalterno del Municipio Miranda de la circunscripción Judicial del Estado Falcón en fecha 07/12/00 bajo el Nº 38, Tomo 6, Pto 1° y Acta de Asamblea de fecha 12/08/2010 debidamente autenticado por ante el Registro Público del Municipio Miranda del Estado Falcón, bajo el Nº 34, Tomo 18 SEGUNDO: Por lo indicado por este tribunal en fecha 12 de julio de 2012, en la audiencia de juicio, se da por aperturado el lapso de evacuación de pruebas, visto que.....