Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el abg. AMILCAR J. ANTEQUERA LUGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 103.204, actuando en condición de Apoderado Judicial del ciudadano: FELIX DOMINGO ROSENDO, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. 3.831.013; SEGUNDO: Admitidas las pruebas promovidas por el abogado IVAN ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 91.879, obrando en representación de la empresa CORPORACION ELECTRICA NACIONAL, S.A (CORPOELEC), creada mediante Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Reorganización del Sector Eléctrico Nacional N° 5.330, de fecha 2 de mayo de 2007 publicado en Gaceta Oficial de la Republica Bolivarian.....