Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL NUEVO REGIMEN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN SANTA ANA DE CORO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA E INADMISIBLE LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano por el ciudadano JOSÉ NICOLAS YANEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-3.766.309, debidamente asistido por el profesional del derecho HENDRYCK R. ZAVALA MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los No. 121.271, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO COLINA DEL ESTADO FALCÓN, por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, de conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por no haber corregido los defectos ordenado.....