ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RONNIE GALICIA, titular de la cédula de identidad Nº 14.478.701, en contra de la Empresa CONSORCIO TRANSMEICA y como tercero interviniente PDVSA PETROLEO S.A., por las razones que se explanan en la parte motiva de la decisión. SEGUNDO: se condena a la empresa demandada CONSORCIO TRANSMEICA y PDVSA PETROLEO S.A. al pago de la cantidad de CATORCE MIL DOSCIENTOS UN BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (BS. 14.201,2). TERCERO: No se condena en costas dada la naturaleza de la decisión. CUARTO: Se condena la indexación en los términos explanados en la sentencia.