1. Se declara COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad, presentado por la Abogada YRIANGELA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 184.835, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la entidad de trabajo BLINDADOS ZULIA OCCIDENTE C.A. (BLINZUOCA) contra el acto administrativo dictado por la Inspectora del Trabajo Jefe (E) de la INSPECTORIA DEL TRABAJO ALI PRIMERA DE LOS MUNICIPIOS CARIRUBANA, FALCON Y LOS TAQUES DEL ESTADO FALCON en fecha veinte (20) de Junio de dos mil Trece (2013), referente a Providencia Administrativa Nº 022-01-2013, contenida en expediente signado con el Nº 053-2011-01-00063, mediante la cual se declara CON LUGAR la solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoado por el ciudadano JUAN CARLOS VARGAS MORA en contra de la entidad de trabajo BLINDADOS ZULIA OCCIDENTE C.A. (BLINZUOCA).
2. Este Tribunal ADMITE el presente recurso de nulidad de conformidad con el artículo 36 de la Ley Orgánica de la jurisdicción .....