este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda que por concepto de INTERESES SOBRE PRESTACIONES SOCIALES Y DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara la ciudadana MIRIAM MARGARITA MELENDEZ DE BRACHO, en contra de la empresa CONSORCIO PARAGUANA. Así se Decide. SEGUNDO: Se ordena a la empresa CONSORCIO PARAGUANÁ y solidariamente a la empresa PDVSA PETROLEO S.A. al pago de la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs.-6.955,04) por concepto de la DIFERENCIA DE PRESTACIONES.
TERCERO: No se condena en costas a la parte perdidosa, dada la naturaleza del fallo. CUARTO: Se ordena el Pago de los intereses generados por el concepto de Antigüe.....